TIPOS DE
CONTRATOS EN COLOMBIA
Contrato a término fijo (Art. 46 del Código Sustantivo de Trabajo y Art. 28 de la Ley 789 de 2002)
Es un contrato laboral que
tiene un límite temporal especificado de manera clara en el contrato. Puede ser
prorrogado indefinidamente, salvo en los casos en los cuáles el plazo pactado
sea inferior a un año.
Los contratos a término fijo se
pueden clasificar en dos modalidades de contratación: contratos con un
vencimiento igual o superior a un año y los contratos con un vencimiento menor
a un año.
Modalidad 1: Igual o superior a
un (1) año
· Debe
constar siempre por escrito.
· El
término de su duración no puede ser superior a tres (3) años, pero puede ser
prorrogable de forma indefinida.
· Si hay
periodo de prueba debe constar por escrito al inicio del contrato.
· Para su
terminación no se requiere aviso previo.
· En caso
de terminación unilateral del contrato sin justa causa, el empleador deberá
pagar al trabajador una indemnización, en los términos establecidos en el
artículo 28 de la Ley 789 de 2002.
Modalidad 2: Inferior a un (1)
año
· Este
tipo de contratos únicamente pueden prorrogarse hasta por tres (3) veces, por
periodos iguales o inferiores, al cabo de los cuales el término de renovación
no podrá ser inferior a un (1) año.
· Para su
terminación no se requiere aviso previo.
En caso de terminación unilateral del contrato sin
justa causa, el empleador deberá pagar al trabajador una indemnización, en los
términos establecidos en el artículo 28 de la Ley 789 de 2002.
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