Contrato de aprendizaje (Art. 30 de la Ley 789 de 2002)
Este tipo de contrato es una forma
especial de vinculación a una empresa y está enfocada a la formación de
practicantes, donde este recibe herramientas académicas y teóricas en una
entidad autorizada por una universidad o instituto, con el auspicio de una
empresa patrocinadora que suministra los medios para que el practicante
adquiera formación profesional metódica en el oficio.
La idea de este tipo de contrato es el
aprendizaje y que el practicante se incluya al mundo laboral, la remuneración
es llamada auxilio de sostenimiento y depende completamente de un convenio
entre ambas partes, donde el estudiante no tiene prestaciones sociales. El
valor de la remuneración depende de si el practicante es universitario o no, de
ser universitario tiene derecho a un salario que debe ser superior o igual al
mínimo y si el practicante no es universitario tendrá como base de pago un
salario por debajo del mínimo.
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